REGLAMENTO INTERNO


CAPITULO I
Nombre del Instituto Manuel Zelaya Rosales
Modalidades Tercer Ciclo de Educación Básica
Educación Comercial
Bachillerato en Ciencias y Letras
Bachillerato Técnico Profesional en salud y Nutrición
Bachillerato Técnico en Salud Comunitaria
Jornadas Vespertina Nocturna
Carácter Oficial

CAPITULO II
DE LA CREACIÓN
Art. 1 El Instituto Manuel Zelaya Rosales ha sido creado con el propósito de proporcionar una educación para la producción en la modalidad del Ciclo Común de Cultura General, y así satisfacer las demandas hacia nuevos horizontes culturales de los jóvenes de la comunidad y por ende del país.
Art. 2 En el Instituto Manuel Zelaya Rosales fue creada la modalidad de Bachillerato en Ciencias y Letras, Bachillerato Técnico Profesional en salud y Nutrición y Bachillerato Técnico en Salud Comunitaria con el propósito de preparar profesionales capaces de desempeñarse como técnicos del nivel medio, conscientes de la importancia que tiene el desempeñarse en el desarrollo socio-económico del país y preparar profesionales capaces de continuar sus estudios universitarios para elevar el nivel educativo individualmente.
CAPITULO III
ORGANIZACIÓN
ART. 2 El Instituto Manuel Zelaya Rosales está organizado en su estructura de La forma siguiente:
v PERSONAL DIRECTIVO
v Un Director
v PERSONAL ADMINISTRATIVO
v Director
v Auxiliar de Contabilidad

PERSONAL ADMINISTRATIVO DOCENTE
v Sub-Director
v Secretaria
v Asistente de secretaria
v Coordinadora Académica

PERSONAL TÉCNICO DOCENTE
v Jefe de laboratorio de computación
v Asistente de hogar
v Consejeros de estudiantes

PERSONAL DOCENTE
v Profesores para las cuatro asignaturas de las áreas tecnológicas, humanistas y artísticas

PERSONAL DE SERVICIO
v Una aseadora
v Un guardián diurno
v Un guardián nocturno

ALUMNOS
v El Instituto Manuel Zelaya Rosales cuenta con una población estudiantil distribuida de la siguiente forma: En nueve secciones en su tercer Ciclo de Educación Básica y son:
v Tres secciones de primer curso, identificados así: (I-1), (I-2) y (I-3)
v Tres secciones de segundo curso, identificados así:

(II-1), (II-2) y (II-3)
v Tres secciones de tercer curso, identificados así:

(III-1), (III-2) y (III-3)
Cuenta con seis secciones de Bachillerato y son:
v Dos secciones de primero
v Dos secciones de segundo
v Una sección de tercero
v También cuenta con una sección en el área de comercio

ART. 3 El Instituto Manuel Zelaya Rosales en el ciclo diversificado su estructura está organizada de la forma siguiente:
a.    PERSONAL DIRECTIVO
v  Director
v  Sub-director
v  Coordinadora Académica
v  Secretario

b. PERSONAL ADMINISTRATIVO
v Director
v Sub-director
v Coordinadora Académica
v Secretario
v Auxiliar de Contabilidad

c. PERSONAL TÉCNICO DOCENTE
v Jefe de orientación
v Jefe de laboratorio
v Consejeros

d. PERSONAL DOCENTE
v Profesores para diversificado y Tercer Ciclo de Educación Básica

e. PERSONAL DE SERVICIO
v Una aseadora
v Un guardián diurno
v Un guardián nocturno

CAPITULO IV
Deberes del personal del Instituto Manuel Zelaya Rosales en la modalidad de Tercer Ciclo de Educación Básica y Diversificado.

ART. 4 DEBERES DEL DIRECTOR
a. Presentarse al establecimiento mediante horario siguiente:

Jornada Vespertina 12:30 a.m. – 5:30 p.m.
b. Notificar a la dirección municipal o departamental sobre las anomalías que se presentan en el centro educativo.
c. Presentarse a las sesiones de las sesiones de la sociedad de padres de familia del Instituto.
d. Elaborar su plan anual de trabajo e informe del mismo y presentarlo a la dirección municipal para su visto bueno.
e. Establecer y otorgar estímulos para los profesores y alumnos que destaquen en actividades de engrandecimiento del instituto.
f. Procurar que el reglamento interno del instituto este actualizado y aprobado por el Director Municipal.
g. Velar porque los profesores no realicen actividades económicas para su beneficio dentro del instituto o con los alumnos.
h. Conceder permiso a los empleados que estudian a distancia, según calendario de visita.
i. Velar porque entre el personal las relaciones se den en plena armonía.
j. Procurar porque todo el personal bajo su cargo, conozca el reglamento del Instituto.

k. Revisar los borradores de exámenes, guías parciales de trabajo y de estudio para dar su visto bueno de tiraje.
l. Elaborar con el sub-director y secretario los horarios de clase, calendario de visitas de supervisión interna, acciones de personal y otros.
m. Revisar y dar el visto bueno a los planes operativos de los cargos bajo su responsabilidad, planes de clases, jornalizaciones, reglamentos internos y otros.
n. Informar a la sub-dirección, Secretaria, consejería y orientación, sobre las actividades a realizar con los alumnos, al menos un día antes de realizar dicha actividad.
o. Supervisar los cargos técnicos, administrativo del centro educativo y labor docente.
p. Aplicar todas las sanciones descritas en este reglamento y demás leyes educativas.

ART. 5 DEBERES DEL SUB-DIRECTOR
a. Presentarse al establecimiento mediante el horario siguiente:

Jornada Nocturna 5:30 p.m. – 10:30 p.m.
b. Ser imparcial en la aplicación de las leyes en los aspectos disciplinarios.
c. Elaborar su plan operativo anual e informe del mismo
d. Observar el comportamiento del estudiante durante la jornada nocturna para hacer funcional la labor disciplinaria del personal responsable.

e. Revisar los borradores de los exámenes parciales, guías y otros para dar el visto bueno antes de su tiraje.
f. Elaborar con el director el horario de clases, acciones del personal, calendario de supervisión interna etc.
g. Elaborar el cuestionario de tareas para el personal de servicio con la ayuda del consejero y orientadora.
h. Establecer normas para que el mobiliario e instalaciones físicas se conserven en buen estado con la colaboración de todo el personal.
i. Conceder permiso a los docentes para que determinados estudiantes salgan del centro educativo a realizar actividades.
j. Supervisar los cargos técnicos, administrativos del centro educativo y la labor docente, durante su jornada de trabajo.
k. Aplicar todas las sanciones descritas en este reglamento y demás leyes educativas.

ART. 6 DEBERES DEL SECRETARIO
a. Presentarse al establecimiento mediante el horario siguiente:

Jornada Nocturna 5:30 p.m. – 10:30 p.m.
b. Controlar el tiraje de guías de estudio, exámenes y otros materiales en esta oficina.
c. Notificar a los docentes con las calificaciones con que lleguen los alumnos traslados de otros centros y sus nombres correctos.

d. Entregar certificaciones de trabajo, certificaciones de estudio y de conducta a más tardar en diez días de haber sido presentada su solicitud.
e. Informar al padre de familia el rendimiento académico quince días después de haber realizado los exámenes parciales.
f. Sustituir al sub-director en su ausencia en algunas actividades relacionadas con la labor directiva.
g. Elaborar el plan operativo anual y presentarlo a la dirección al inicio del año lectivo y su informe al fin del año lectivo.

ART. 7 DEBERES DEL JEFE DE ORIENTACIÓN
a. Presentarse al establecimiento mediante el horario siguiente:

Jornada vespertina 12:30 a.m. – 5:30 p.m.
b. Elaborar el plan operativo anual y presentarlo a la dirección a inicio del año lectivo y su informe al finalizar el mismo.
c. Coordinar la organización de consejos de cursos bajo el control de profesores guías.
d. Llevar a cabo reuniones con los alumnos para impartir charlas sobre hábitos de estudio y otros temas importantes.
e. Dar a conocer a los alumnos y padres de familia el reglamento interno del instituto.
f. Atender a los alumnos con problemas especiales como: desviación sexual, retardo, hurto etc.
g. Estimular a los alumnos que sobresalen en diferentes actividades conforme reporte.
h. Investigar las causas de inasistencia y deserciones de los alumnos.

i. Velar porque los sanitarios se mantengan en perfecto estado y a disposición de los estudiantes.
j. Atender con el consejero y dando trato especial a los casos que se reporten de indisciplina, antes de remitirlo a la dirección.
k. Velar porque la cafetería se mantenga higiénica y que sea funcional.
l. Observar el comportamiento del estudiantado durante el recreo para que este proceso les sea de beneficio.
m. Estar en constante comunicación con los padres de familia de los alumnos becados para que estos no pierdan el derecho a gozar de dichas becas.
n. Informar a los profesores de asignaturas, a través de los presidentes de curso sobre los alumnos con permiso.
o. Elaborar un cuestionario de tareas del personal de servicio colaborando con el sub - director y consejero.
p. Coordinar con los consejeros y maestros guía las actividades cívicas culturales del Instituto.
q. Vigilar al estudiantado su comportamiento durante su jornada de trabajo, dando tratamiento en caso de indisciplina.
r. Colaborar en la ejecución de proyectos comunales con el visto bueno de las autoridades del instituto.

ART.8 DEBERES DEL CONSEJERO DE ESTUDIANTES
a. Presentarse al establecimiento mediante el horario siguiente: Jornada Vespertina 12:30 a.m.- 5:30 p.m. a 10:30 p.m. en la jornada nocturna.
b. Elaborar el plan operativo anual y presentarlo a la dirección a inicio del año lectivo y su informe al finalizar el mismo año.

c. Llevar un expediente acumulativo de mérito y des-merito de cada estudiante para brindar esta información cuando se le solicite.
d. Procurar que los alumnos repitentes permanezcan dentro del aula de clases.
e. Velar porque los alumnos mantengan en buen estado el mobiliario e instalaciones físicas.
f. Coordinar la atención de los alumnos en horas vacantes.
g. Organizar el mobiliario en las aulas, salón y otros durante cualquier evento en el centro educativo.
h. Acompañar a los alumnos en todas las actividades de intercambio social cultural, educativas y recreativas que del centro educativo se realicen.
i. Coordinar campañas de aseo dentro de la institución, con la colaboración de los docentes y de los alumnos.
j. Supervisar las actividades del personal de servicio y buscar la solución a cualquier anormalidad que se detecte.
k. Dar a conocer el cuestionario de tareas al personal de servicio del centro educativo.
l. Vigilar al estudiantado durante su jornada de trabajo el comportamiento, dando tratamiento en caso de indisciplina.
m. Llenar las hojas de desmérito a los alumnos que le sean reportados y agregarlos al expediente acumulativo.
n. Tocar el timbre a las 12.30 p.m. y cada cambio de hora clase.
o. Informar a todo el personal docente sobre las actividades a realizar durante el día y que no hayan sido previstas.

p. Atender con la orientadora y darle el trato especial a los casos de indisciplina que se reporten.
q. Llevar libro diario pedagógico al aula para que lo firme los docentes y escribir las observaciones.
r. Colaborar en la ejecución de proyectos comunales con el visto bueno de las autoridades del instituto.
s. Presentar un reporte al finalizar cada mes, de las horas clases que no sean impartidas voluntariamente por los docentes, con su respectiva observación.

ART. 9 DEBERES DEL JEFE DE LABORATORIO
a. Presentarse al establecimiento mediante el horario siguiente: jornada vespertina: 12:30 a.m. – 5:30 p.m.
b. Elaborar su plan operativo anual, presentarlo al inicio del año lectivo y su informe al final del mismo.
c. Mantener en buen estado el equipo de laboratorio y mobiliario
d. Elaborar el reglamento interno del laboratorio de ciencias naturales y presentarlo a la dirección del instituto.
e. Promover actividades científicas.
f. Todas las que señale el reglamento general de educación media.
g. Vigilar al estudiantado su comportamiento durante su jornada de trabajo dando el tratamiento en caso de indisciplina.
h. Colaborar en la ejecución de proyectos comunales en el visto bueno de las autoridades del centro.

ART. 10 DEBERES DE LOS DOCENTES
2 DEBERES DEL JEFE DE LABORATORIO DE COMPUTACIÓN
a. Presentarse al establecimiento mediante el horario siguiente
Jornada Vespertina 12:30 m a 10:30 p.m.
b. Recibir y entregar conforme a inventario todo equipo de laboratorio de computación.
c. Defender y velar por el cumplimiento del reglamento de laboratorio de computación.
d. Proporcionar a profesores y alumnos el material y equipo necesario para realizar las prácticas de laboratorio.
e. Informar al personal docente del material y equipo existente en el laboratorio.
f. Promover actividades hacia el uso y cuidado correcto del material y equipo existente en el laboratorio y la aplicación de medidas de seguridad.
g. Realizar actividades que orienten a la elaboración de guías de laboratorio y la aplicación de medidas de seguridad.
h. Procurar que el material y equipo de laboratorio se mantengan en buenas condiciones y en forma ordenada.

i. Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas en el laboratorio.
j. Elaborar un plan anual al inicio del año lectivo y el informe al finalizar el mismo.
k. Elaborar el reglamento interno del laboratorio de computación y presentarlo para su visto bueno.
l. Vigilar al estudiantado su comportamiento durante su jornada de trabajo dándole tratamiento en caso de indisciplina.
m. Colaborar en la ejecución de proyectos comunales con el visto bueno de las autoridades del instituto.

11. DEBERES DEL COORDINADOR DE CARRERA
a. Presentarse al establecimiento mediante el horario siguiente jornada vespertina de 12:30 m a 12:30 p.m.
b. Elaborar su plan operativo anual, presentarlo al inicio del año lectivo y su informe al final del mismo.
a. coordinar el trabajo educativo social con los alumnos del último año de Bachillerato.
b. Coordinar y evaluar la practica pre profesional de los alumnos y docentes de la jornada de trabajo.
c. Planificar y coordinar proyectos con la colaboración de alumnos y docentes de la jornada de trabajo.
d. Gestionar apoyo para proyectos planificados en el área de bachillerato y con el visto bueno de las autoridades competentes.

e. Participar activamente en las actividades que realicen en beneficio de la institución.
f. Colaborar con la ejecución de proyectos comunales con el visto bueno de las autoridades del centro educativo.
g. Vigilar al estudiantado su comportamiento durante su jornada de trabajo dando tratamiento en caso de indisciplina.
h. Llevar el registro de las horas clases que no sean impartidas en forma voluntaria, e involuntaria, dándole el tratamiento correspondiente.
i. Llevar un registro semanal de las inasistencias de los alumnos de diversificado y verificar que se cumpla la ley respectiva.
j. Velar porque en el centro educativo se observe el orden y aseo.
k. Revisar el contenido a evaluar en el examen general de la carrera de bachillerato, presentado por los docentes de la asignatura, guía y otros.

. 12. DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE
a. Reportar al jefe de orientación de inasistencias del alumno con problemas para corregirlo.
b. Reportar a consejería u orientación los alumnos que son sancionados o expulsados.
c. Hacerse responsable del control de los alumnos en las actividades extra clase.
d. Reportar a orientación y consejería los alumnos que son sancionados o expulsados.

e. Presentar al director de la jornada los planes de clase, de unidad y jornalizaciones de clases para su visto bueno.
f. Reportar a consejería y orientación cualquier acto de indisciplina, para su tratamiento dejando constancia de la actividad (llenar hoja de des-merito)
g. Cooperar con la consejería en el cuidado del estudiantado durante horas vacante y recreo.
h. Reportar a la dirección y consejería los cambios y adelantos de clases.
i. Notificar a la dirección las horas de clases extraordinarias que se imparten.
j. Planificar las labores educativas por área académica.
k. Vigilar a los estudiantes en recreo y horas vacantes, en no tirar papeles u otros objetos que causan desaseo y aplicar sanción.
l. Cumplir con el tiempo que dura la hora clase.
m. Presentar un informe semanal cada viernes de las inasistencias involuntarias de los estudiantes al director en funciones.
n. Solicitar permiso un día antes por escrito para realizar cualquier actividad extra clase con los alumnos.
o. Discutir con los alumnos, las pruebas o evaluaciones y realizar las correcciones cuando el caso lo amerite.

13. DEBERES DEL AUXILIAR DE CONTABILIDAD
a. Presentarse a trabajar mediante el horario siguiente: 12:30 a.m. - 9:00 p.m.
b. Solicitar comprobantes de gastos de viajes al personal, facturas de ingresos y egresos.

c. Realizar las compras de materiales del instituto.
d. Retirar materiales, equipo y herramientas de la Secretaria de Educación.
e. Reportar las deducciones del personal de oficina, docente, técnico y administrativo que se llevó a cabo.
f. Anotar en el libro de asistencia diaria las observaciones de inasistencia, permiso y otros presentando informe final.
g. Controlar los fondos de ingreso y egreso de los talleres por área.
h. Presentar el informe el fin de mes de la inasistencia con permiso y sin permiso del personal que ostenta un cargo.
i. Informar mensualmente del movimiento económico a la dirección del instituto y auditoria interna de la secretaria de educación.
j. Mantener aseada y en orden las instalaciones donde se ubica su oficina.
k. Pasar el diario administrativo a cada uno de los que ostentan un cargo.

ART. 14 DEBERES DEL PERSONAL DE SERVICIO
14.1 DEBERES DEL GUARDIÁN VESPERTINO
a. Presentarse a sus labores mediante el horario siguiente 12:30 a.m.- 5:30 p.m.
b. No permitir la salida de estudiantes sin permiso
c. Revisar el ingreso de personas ajenas a la institución solo personas que vengan a realizar trámites a la institución.
d. No permitir ingreso de jóvenes en horas que no sean las reglamentarias.
e. Sacar la basura los días asignados para la recolección.

f. Mantener podadas y aseadas las áreas verdes y alrededores del instituto.
g. Realizar las funciones del conserje.
h. Verificar que todas las puertas de todas las dependencias estén cerradas.
i. Prestar el apoyo en el cuido de los enseres del instituto.

14.2 DEBERES DEL GUARDIÁN NOCTURNO
a. Presentarse a sus labores mediante el horario siguiente 5:30 p.m. a 7:00 a.m.
b. Informar al director del centro educativo el día que por razones especiales, no se va a presentar a sus labores.
c. Cuidar los enseres propiedad del instituto.
d. Verificar que las puertas estén aseguradas.

14.3 DEBERES DE LAS ASEADORAS
a. Presentarse a sus labores diarias mediante el horario siguiente 12.30 a.m.-10:30 p.m.
b. Realizar actividades de aseo de las dependencias siguientes:
 Sanitarios de este sector
c. Realizar las actividades de conserje cuando el caso lo amerite.
d. Sustituir a su compañera de aseo en su ausencia.
e. La segunda aseadora realizara las mismas actividades en las demás instalaciones del instituto.

CAPITULO V
ART. 15 DERECHOS DEL PERSONAL
a. Gozar de un día para cobrar.
b. Gozar de vacaciones remuneradas, según el reglamento del estatuto del docente.
c. Las profesoras tienen derecho de amamantar a sus hijos en horas vacantes.
d. Participar en actividades que vayan en beneficio de sus gremios magisteriales.

ART.16 DERECHOS DEL PERSONAL DE OFICINA
a. Gozar de un día para cobrar
b. Gozar de viáticos igual a lo dictado en el art. 16
c. Gozar de vacaciones remuneradas según escala de servicio civil.

ART. 17 DERECHOS DEL PERSONAL DE SERVICIO
a. Gozar de un día para cobrar.
b. Gozar de vacaciones remuneradas, según escala de servicio civil.
c. Amamantar a sus hijos, a una hora durante los primeros dos meses.

ART. 18 DERECHOS DE LOS ALUMNOS
a. Gozar de un recreo según calendarización
b. Recibir estímulos por parte de los profesores de asignatura o dirección del instituto.
c. Participar en actividades recreativas como ser: excursiones, festivales, etc. y obtener hoja de mérito.

d. Gozar de los servicios de bienestar infantil.
e. Participar en actividades educativas como ser: concurso, exposiciones etc. y obtiene hoja de mérito.
f. Revisar exámenes y discutirlos con el profesor.
g. Trasladarse a otro programa si lo estima conveniente y la ley lo permite.

CAPITULO VI
PROHIBICIONES DEL PERSONAL
ART. 19 PROHIBICIONES DEL DIRECTOR Y SUB DIRECTOR
a. Mantener relaciones amorosas con los alumnos y alumnas.
b. Comentar asuntos o problemas del instituto que afecten con su comentario su imagen o prestigio.
c. Solicitar al secretario la falsificación de notas a petición del interesado.
d. Permitir familiaridad entre alumnos y maestros.
e. Tener tratos preferencia-les para algunas de las personas bajo su cargo.
f. Utilizar métodos inadecuados para corregir el mal comportamiento del educando y subalternos.

ART. 20 PROHIBICIONES DEL SECRETARIO
a. Falsificar documentos con fines de lucro a petición de los interesados.
b. Retener calificaciones, constancia y otros documentos, por más tiempo del estipulado.

c. Demorar los trabajos concernientes a sus funciones.
d. Dar a conocer el contenido de las pruebas antes de su aplicación.
e. Autorizar diplomas de honor a estudiantes o profesores sin tener los requisitos.

ART. 21 PROHIBICIONES DEL JEFE DE LABORATORIO
a. Dejar abandonado el equipo después de la práctica
b. Prestar el equipo del laboratorio a personas particulares para usar fuera del instituto.
c. Negarse a colaborar con sus compañeros en actividades que beneficien a la institución.
d. Manejar fondos sin autorización de sus superiores.
e. Ausentarse del local de experimento cuando use producto toxico y sus similares.
f. Atender al alumno extra clase en forma individual y sin uniforme.

ART. 22 PROHIBICIONES DEL JEFE DE ORIENTACIÓN
a. Comentar los problemas de los alumnos señalados con nombres y apellidos con los particulares.
b. Utilizar métodos inadecuados para tratar problemas relacionados con la personalidad de los alumnos.
c. Suministrar medicamentos a los estudiantes sin investigar su estado, (sin haber desayunado).
d. Utilizar métodos inadecuados para orientar a los estudiantes.

e. Valerse del cargo que ostentan para dominar al alumno, que tenga ideas no comunes dentro de la institución.

ART. 23 PROHIBICIONES DE LA AUXILIAR DE CONTABILIDAD
a. Extender recibo de matrícula, derecho de exámenes u otros, sin haber sido cancelados.
b. Cancelar cobros a beneficio del instituto sin extender la boleta respectiva y con los valores concertados con la comisión fiscalizadora de fondos.
c. No hacer las observaciones a los empleados que dejen de asistir al cumplimiento de sus deberes.

ART. 24 PROHIBICIONES DE LOS ALUMNOS
a. Cometer fraude con las pruebas o exámenes parciales.
b. Realizar actos inmorales dentro y fuera del instituto.
c. Permanecer dentro de la dependencia administrativa y docentes del instituto sin previa autorización.
d. Permanecer fuera de las aulas en horas de clases.
e. Abandonar el aula de clases antes de terminar la hora aunque se escuche el toque de timbre.
f. Permanecer en el aula de clases en periodo destinado al recreo.
g. Tratar con irrespeto a los profesores, compañeros y demás personal del instituto.

h. Sustraer objetos propiedad del instituto o de sus compañeros y demás personal del instituto.
i. Entrar sin permiso de los profesores a las aulas de otros cursos o secciones en horas de recreo, vacantes o de hora clase.
j. Portar prendas de lujo dentro del plantel (joyas, argollas).
k. Las señoritas usar las uñas pintadas o maquillarse.
l. Los varones usar corte de pelo o peinado extravagante, argollas y aretes.
m. Asistir al centro educativo en horas extra clase sin uniforme.
n. Hacer uso de gomas de mascar o cualquier otro alimento durante las horas clases o actos cívicos.
o. Evadir que llegue determinada información de parte del centro educativo a los padres de familia o recomendados.
p. Realizar actividades económicas en el centro educativo para su lucro personal.
q. Tatuarse.

CAPITULO VII
ART. 25
El sistema disciplinario en el instituto Manuel Zelaya Rosales se rige bajo los principios democráticos respetando la libre expresión de los estudiantes y personal en general, apegado en el libre cumplimiento del Reglamento de Educación Media, al estatuto del docente y del reglamento del instituto.

EL SISTEMA DISCIPLINARIO ESTA CLASIFICADO EN LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
ART. 26 FALTA Y SANCIONES DEL ALUMNADO DEL INSTITUTO
ART. 26.1 FALTA DE LOS ALUMNOS
LEVES
a. Utilizar las horas vacantes en actividades distractoras a las educativas, con excepción del recreo autorizado.
b. Hacer uso de mobiliario y dejarlo a la intemperie.
c. Por falta contra el orden y aseo.
d. Por retraso voluntario en concurrir a cualquier llamamiento.
e. Por no asistir a clases, sin excusarse estando en el centro educativo.
f. Exhibir delante de los profesores y alumnado su noviazgo.
g. Permanecer en la caseta de ventas, u otras áreas con prohibición.

GRAVES
a. Por reincidencia en faltas leves.
b. Exhibir públicamente sus relaciones amorosas portando su uniforme.
c. Proferir palabras soeces.
d. Llegar después de la hora estipulada para entrar a clases.
e. Ser cómplice o encubridor de actos de indisciplina.
f. Portar el uniforme en forma inadecuada.
g. Cometer fraude con pruebas, tareas o exámenes.
h. Incumplimientos con las tareas asignadas por los catedráticos.

MUY GRAVES
a. Acumulaciones de tres llamados de atención por escrito.
b. Introducirse al instituto o salirse para realizar cualquier actividad saltando la cerca o cualquier forma ilegal sea en horas hábiles o inhábiles.
c. Permanecer en billares ya sea jugando o no y en cantinas.
d. Perder derecho de exámenes parciales por inasistencia voluntaria.
e. Tratar con soberbia e irrespeto a sus compañeros, profesores y demás personal que labora en el centro educativo.
f. Por rayar mobiliario o paredes del centro educativo o cualquier otro equipo.

ART. 26.2 SANCIONES PARA LOS ALUMNOS
LEVES
a. Llamada de atención verbal por el docente.
b. Realizar limpieza de un predio o área asignada en el plantel.
c. Suspensión de recreo por un día, remitiéndolo a la biblioteca.
d. Expulsión por un día hábil a partir de la hora que se cometió la falta.

GRAVES
a. Llamada de atención verbal por el consejero.
b. Aplicar y firmar una hoja de desmérito por el docente.
c. Reportar al alumno a la orientación para que se le trate el caso.
d. Expulsión por tres días hábiles de clases, dejando constancia en libro de actas.
e. Reportar al consejero llenando hoja de demérito.
f. Cancelar o anular la prueba fraudulenta.

g. Dejar sin valor ni efecto la excusa en caso de comprobarla que no se justifique.
h. No entrar a clase hasta que haga acto de presencia al instituto el padre de familia o encargado.
i. Pierde el derecho de entrar a clase, durante la jornada.
j. Introducir al establecimiento aparatos eléctricos no apto para la labor educativa.

CAPITULO VIII
BIENESTAR ESTUDIANTIL
ART. 27 OBJETIVOS DEL BIENESTAR ESTUDIANTIL
a. Contribuir a la solución de problemas de alumnos de tipo:
v Económico
v Emocionales
v Saludos cordiales
v Académicos
v Sociales
v Etc.

ART. 28 FUNCIONES DEL BIENESTAR ESTUDIANTIL
El bienestar estudiantil funcionara mediante un reglamento de orientación y validado por la dirección del centro educativo.
ART. 29 LOS PADRES DE FAMILIA
a. Además de lo establecido el reglamento general de educación media, se ha creado con propósito de resolver problemas educativos y materiales de la institución formándose una sociedad de padres de familia para la modalidad de Tercer Ciclo de Educación Básica y diversificado.
b. Las decisiones emanadas de la sociedad de padres de familia.
c. La directiva de sociedad de padres de familia goza del derecho de solicitar reuniones con el consejo de profesores para tratar asuntos relacionados con la educación.

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